Querido Tommy
By Chele.
June 30, 2010
” I solemnly swear i’m up to no good”
Estimado Lcdo. Rivera Schatz,
Un muy cordial saludo de la Lcda. Chele. Le escribo en este foro abierto y protegido por la libre expresión para comunicarle una preocupación con su labor en la rama legislativa.
Estoy muy consciente que han transcurrido muchos años desde que usted cursó sus estudios legales y ha practicado esta noble carrera. Como usted sabe la clase de Ética y Responsabilidad Profesional, uno de los pilares de nuestra profesión, es el conjunto de reglas por el cual los letrados se rigen. Quizás le sirva que le refresque la memoria;
Los miembros de la profesión legal individual y colectivamente tienen la responsabilidad de velar porque los distintos procesos legales de la sociedad incorporen y consagren de manera efectiva y adecuada los principios de la vida democrática y el respeto inviolable del ser humano.[1]
Este es el criterio general que sirve como preámbulo para nuestro código de ética profesional. No obstante, es los pasados días usted parece que se ha olvidado de que tanto como en su capacidad profesional como personal debe laborar para avanzar y velar por los derechos y obligaciones de nuestra sociedad.
La libertad de expresión es unos de los derechos más sagrados que vemos enumerados en nuestra constitución, la cual usted juró proteger y defender el día que se juramento como licenciado. Sus acciones de escoltar la fuerza y prohibir la entrada de los miembros de la prensa a la casa de leyes del pueblo de Puerto Rico es una crasa violación de nuestra constitución y es típico de un gobierno que no respeta la democracia.
La Carta de Derechos de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sección 4 Artículo II, establece: “No se aprobará ley alguna que restrinja la libertad de palabra o de prensa o el derecho del pueblo a reunirse en asamblea pacífica y a pedir al Gobierno la reparación de agravios”. Asimismo en la sección 11 artículo III, establece: “Las sesiones de las cámaras serán públicas”.
Este documento sacrosanto nos ilustra que “La prensa en el desempeño de sus funciones no puede estar sujeta a limitaciones que le impidan hacer conclusiones o inferencias razonables de los hechos que día a día informan.”[2] Además, la jurisprudencia de nuestro país nos dice que el propósito de esta sección es garantizar la libre discusión sobre los asuntos de gobierno, lo que conlleva intrínsecamente a proveer y permitir a todos los ciudadanos de nuestro país examinar el contenido de ciertos expedientes, informes y documentos que constan en las agencias del Estado.[3]
Esto se puede extender al derecho intrínseco que tienen los periodistas de estar presente en la casa de leyes para poder presenciar y luego reportar las palabras y actos tomados por los representantes electos por el pueblo de Puerto Rico.
El Canon #3 [4] de nuestra profesión establece que es nuestro deber educar al público sobre sus derechos y como ejercerlos. Dígame usted: ¿Cómo ha laborado para cumplir con este canon si prohíbe a la prensa a cumplir con su labor? Me parece que no ha hecho nada salvo coartar estos derechos, por lo cual debe sentir vergüenza. El prohibir el acceso a los miembros de la prensa sólo porque no es de su agrado lo que estos escribirán sobre su persona es algo más al estilo de el dictador Hugo Chávez o Fidel Castro que de un ser nacido y criado bajo las banderas democráticas de Puerto Rico y de los Estados Unidos. Es más, el anotar los nombres de los periodistas presentesse asemeja más a las listas hechos por los Nazi en la segunda guerra mundial para limitar los derechos de los judíos, gitanos, romani y homosexuales.
En ningún momento de la historia se ha visto que un Senador o Congresista de los Estados Unidos le da dado un “tantrum” como aquél que se apoderó de usted en estos días y muchos menos haya tenido la audacia de expulsar a los miembros de la prensa del capitolio. Si cualquiera de sus colegas estadounidense actuara de semejante forma éste sería destituido de su rol como representante electo y sujeto a sanciones severas.
Le señalo además la Parte V del Código de Ética profesional, la cual dicta cómo un abogado debe relacionarse con los demás miembros de su profesión. Le recuerdo que, para la preservación del honor y dignidad de nuestra profesión, es nuestra responsabilidad observar una actitud respetuosa, sincera, honrada y de cordialidad y de cooperación profesional. No sé usted, pero hacer gestos y expresiones homofóbicas al Senador Eduardo Bhatia en pleno hemiciclo no fomenta la cooperación y respeto que nuestra profesión aspira a cumplir. Lo que sí demuestra es su intolerancia por aquellos que no comparten su ideología política y por aquellas personas de carácter homosexual.
Los cánones 35[5] y 38[6] establecen que todo licenciado, incluyéndolo a usted, debe actuar con sinceridad y honradez y preservar el honor y dignidad de nuestra profesión a lo máximo de su capacidad. Le cito el canon 38: Por razón de la confianza en él depositada (léase el abogado) como miembro de la ilustre profesión legal, todo abogado, tanto en su vida privada como en el desempeño de la profesión, debe conducirse de forma digna y honorable.
Como representante electo usted todavía tiene la obligación de regirse según estos cánones y si esta carta no es suficiente, le recomiendo que le haga una visita a una de las bibliotecas legales en nuestra isla y le dedique tiempo a estudiar estos cánones una vez más. Si no llega a encontrar una copia, con mucho gusto le presto la mía.
Atentamente
Lcda. Chele de La Acera
[1]Codigo de Etica Profesional Parte I Deberes del Abogado para con la Sociedad TITULO 4AP – APENDICE IX
[2]Méndez Arocho v. El Vocero de P.R., C.A. 92-75A (1992).
[3] Op. Sec. Just. Núm. 4 de 1987.
[4]Codigo de Etica Profesional Parte I Deberes del Abogado para con la Sociedad TITULO 4AP – APENDICE IX
[5]Codigo de Etica Profesional Parte I Deberes del Abogado para con la Sociedad TITULO 4AP – APENDICE IX
[6]Codigo de Etica Profesional Parte I Deberes del Abogado para con la Sociedad TITULO 4AP – APENDICE IX
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